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Para documentos vencidos desde marzo, Caminera prorroga consideración hasta 31 de octubre

SAN LORENZO. La Patrulla Caminera divulgó que, por resolución 5/2.020, se establece una nueva prórroga hasta el 31 de octubre para la no aplicación de sanciones respecto al vencimiento de las documentaciones habilitantes para la circulación vial.

Aclararon, asimismo, que esta excepción se aplica a la Habilitación Municipal, Habilitación de DINATRAN, Licencia de Conducir y Chapas provisorias vencidas desde marzo de 2.020. Las documentaciones vencidas en enero, febrero y anteriores, sí serán pasibles de multas.

“Estas medidas son tomadas para evitar la aglomeración de personas en los lugares pertinentes de realización de renovaciones. No obstante, se sugiere renovar las documentaciones previendo todos los protocolos sanitarios dispuestos por el Ministerio de Salud Pública, en este nuevo tiempo de prórroga establecido”, divulgaron las autoridades.

Además, aclararon que la Patrulla Caminera tiene jurisdicción de control en todas las rutas nacionales, ramales que unen rutas y ciudades y rutas que cruzan las zonas urbanas de los municipios.

Igualmente, recordaron que, de acuerdo a la Ley 5016/2014, la institución puede retener vehículo o licencias cuando las “licencias de conducir habilitantes estuvieren vencidas (en cuanto a su vigencia quinquenal) o cuando los vehículos no se encuentren legalmente habilitados para circular.

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