ASUNCIÓN.- El Congreso Nacional amplió la ley N° 3587 del año 2008, sobre Protección de la Niñez y la Adolescencia en el ámbito privado, que prohíbe a las instituciones de educación privada retener las libretas de calificaciones en caso de cuotas y aranceles vencidos o impagos.
Ante esta ampliación, el gremio de escuelas privadas solicitó al Ejecutivo vetarla, pues además de lo mencionado, también obligará a las instituciones a tomar los exámenes finales a los estudiantes, pesar de las deudas y les prohibirá rechazar la matriculación de los estudiantes morosos.
Según los solicitantes, éstos no están ajenos a que los escolares rindan, pero no están de acuerdo con imposición de aceptar nuevamente a los alumnos con deudas, según Armando Ficorilli, presidente de la Asociación de Instituciones de Educación Privada del Paraguay (Aiepp).
El Ministerio de Educación y Cultura (MEC) también informó que debido a que la modificación de la normativa aún no está vigente, los alumnos de las instituciones privadas y subvencionadas a los que se le impida rendir en sus respectivos centros educativos, pueden hacerlo en escuelas y colegios públicos.