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Por mal redactada, vetan Ley que prohíbe la reventa

ASUNCIÓN.- El Poder Ejecutivo resolvió vetar la ley que prohíbe la reventa de entradas a cualquier espectáculo público, no por estar en contra del concepto sino porque el texto era ambiguo y se prestaba a interpretaciones y conflictos diferentes.

Entre los problemas encontrados en la ley está que no figura cuál sería la autoridad de aplicación de la materia, lo que generaría mucha confusión. El segundo artículo también tiene problemas puesto que no distingue una transacción o simple reventa con la reventa regular y consuetudinaria de los boletos de entrada. La ley considera infractor a cualquiera que se dedique a la reventa de entradas con “un precio superior a lo establecido en las boletas o tickets emitidos por los organizadores del evento”.

Según la explicación del veto, en este punto la frase “se dedica a la reventa” parece querer significar que la reventa debe ser consuetudinaria para que el sujeto sea infractor, por lo cual sugiere una redacción más clara.

Dice además el informe de la Asesoría Jurídica del Ejecutivo que no se tienen en cuenta las entradas de cortesía, con los que los propios organizadores de eventos colaboran, sin darse cuenta, con la reventa puesto que no proveen datos de estas entradas.

Para colmo, la ley podía ser atacada de inconstitucional porque viola derechos ciudadanos como la libertad de concurrencia, el derecho a dedicarse a la actividad económica lícita de su preferencia en un régimen de igualdad de oportunidades y la libre competencia.

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