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Preda: Con ZI desnaturalizan la figura de la pérdida de investidura

ASUNCIÓN. El Senado prevé tratar esta tarde la pérdida de investidura de Rodolfo Friedmann y Javier Zacarías Irún en una sesión extra que fue convocada para las 14.

Según el doctor Ricardo Preda, defensor de Zacarías Irún, el caso de su cliente es “la desnaturalización por completo de la figura de la pérdida de investidura en el Senado. Zacarías fue sometido a la justicia en todas las instancias, incluida la Sala Constitucional de la Corte, quienes han concluido que definitivamente los casos penales que se habían formado al senador fueron desechados, y ahora un grupo de senadores presentan un pedido invocando como causales hechos que ya fueron juzgados; incluso el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, donde el Senado tiene representante, desechó denuncia contra los jueces de la causa”.

“Lo que llaman Estado de Derecho, cuando están en una mayoría coyuntural, todo es permitido, pero cuando están en minoría es violación flagrante del Estado de Derecho. Estamos desnaturalizando todas las instituciones democráticas. Si Zacarías le cae mal a la gente no le debería votar en una elección posterior”, añadió en el programa Tempranísimo, por la 970 y GEN.

Preda es un reconocido jurista que fue consultado por el Congreso en cuanto a la interpretación de lo que dispone la Constitución en cuanto a la pérdida de investidura, mucho antes de que fuera defensor de Zacarías.

“Definitivamente, mi conclusión es que la pérdida de investidura no es una figura que haya sido prevista para que las propias cámaras la definan. Incluso en el diario de sesiones de la Constituyente se habla de que no deberían ser cada cámara la que decida excluir a sus miembros. La Constitución es clara acerca de los derechos de aquel que es proclamado que deben ser defendidos por el que lo proclama, que es la Justicia Electoral; la que debe juzgar todos los derechos que derivan de esa proclamación”, manifestó el jurista.

Explicó que al hablar el artículo 201 del tráfico de influencias “fehacientemente comprobado, significa que se debe dirimir en un proceso jurídico, no político. En la Constitución anterior hablaba en el mismo sentido, de que quien proclamaba era quien definía los derechos, y era cada cámara, ahora es la Justicia Electoral. Pasó lo mismo con (Fernando) Lugo, que se arrogó atribuciones de la Justicia al proclamar a dos senadores, porque utilizó un reglamento de la Constitución anterior”.

“La reglamentación que está en trámite ahora, que establece mayorías, es inconstitucional porque le sigue otorgando a la cámara para resolver esto. Las facultades del Congreso no se pueden establecer por ley, son las que ya están en la Constitución, porque las leyes las hace el Congreso. Si la Constitución le concediera al Congreso regular sus atribuciones, podría hacerlo, pero ya están; siempre están en la Constitución”, añadió.

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