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Sin justicia no hay democracia

Abog. Jorge Vasconcellos.
Abog. Jorge Vasconcellos.

No creo que haya alguna persona que, luego de haberse visto en la necesidad de recurrir a los servicios de nuestro sistema judicial, o mejor dicho, de haberla padecido, guarde gratos recuerdos, o deseos de repetir la experiencia, aunque es cierto que nadie acude al Poder Judicial por gusto o diversión, sino por necesidad u obligación.

El litigio judicial es la última instancia de solución de conflictos, antes de recurrir a la violencia, a la venganza o a la justicia por mano propia, y por lo tanto es un servicio esencial que debe prestar el Estado para garantizar la paz social, sin la cual los derechos individuales, sociales y colectivos, no podrán tener vigencia.

La Constitución Nacional, pacto más importante celebrado por la sociedad, atribuye al Estado el monopolio de la administración de justicia, y encarga al Poder Judicial la misión de hacer efectiva la vigencia de aquello que el jurista romano del siglo III, Dominicio Ulpiano definía como “…constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuendi…” (La justicia es la constante y perpetúa voluntad de dar a cada uno su derecho).

“…el fin de asegurar la libertad, la igualdad y la justicia…” se consagra desde el Preámbulo mismo de nuestra Constitución, como manifestación de voluntad de sus redactores, quienes han prohibido la justicia por mano propia entre las declaraciones fundamentales de los derechos y los deberes y garantías de los ciudadanos (Art. 15).

Del mismo modo, y a renglón seguido, han garantizado que “…La defensa en juicio de las personas y de sus derechos es inviolable. Toda persona tiene derecho a ser juzgada por tribunales y jueces competentes, independientes e imparciales…” (Art. 16), para lo cual otorgaron al Poder Judicial la “administración de justicia”, la custodia de la Constitución, encargándole su interpretación y cumplimiento.

 No cabe dudas, que el derecho a la Justicia, es un derecho esencial, fundamental del ser humano, en una sociedad civilizada. Su ausencia nos haría retroceder hasta el extremo de volver a las épocas de la venganza privada y la Ley del Talión (“Si hay lesiones el culpable pagará vida por vida, ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie, quemadura por quemadura, herida por herida, contusión por contusión”).

Lo que diferencia la civilización de la barbarie, es la posibilidad de dirimir nuestros conflictos y resolver nuestras diferencias, acudiendo a la Administración de Justicia, ejercida aquellos “… tribunales y jueces competentes, independientes e imparciales…” que nuestra Constitución nos garantiza.

El derecho al acceso a la Justicia y la “tutela” Judicial efectiva, son Derechos Humanos de primera generación. Del mismo rango y de la misma importancia que la vida, la libertad y la seguridad de las personas, pues su propósito es garantizar la vigencia e integridad de estos. Por esa razón la comunidad de naciones han incluido su reconocimiento en Pactos, Tratados y Convenios Internacionales, entre los que se inscriben el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos aprobado en el año 1966 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, suscrita en San José, Costa Rica, el 22 de noviembre de 1969.

Sin embargo, el Paraguay sigue registrando un grave déficit en la materia, porque como ciudadanos, aún no hemos comprendido que administrar justicia es obligación esencial del Estado y merecer justicia, un derecho fundamental del ser humano.

No hemos comprendido – tampoco – que el último intento serio por adecuar la estructura, funcionamiento e integración del Poder Judicial, se produjo hace veinte y cuatro años, aproximadamente, cuando mediante la Constitución Nacional se introdujeron cambios importantes destinados a procurar la independencia del Poder Judicial, estableciendo métodos de selección de magistrados que – se creía – podrían garantizar la designación de jueces más honestos y capaces.

Pero, a la luz de la experiencia, y desde mirada de lo acontecido, resulta evidente que el proyecto fracasó. Transcurrió casi un cuarto de siglo, y los resultados demuestran que nuestro Poder Judicial no la logrado su independencia, ni ha mejorado la calidad de sus integrantes.

Todos los días, y a cada paso, recogemos prueba del fracaso. La sociedad toma conocimiento solo de alguno de ellos, por los medios de prensa, que se hacen eco – apenas – de aquellos que logran alcanzar notoriedad. Pero, la frustración de la mayoría, que acude a diario al Poder Judicial en procura de obtener la protección de sus derechos fundamentales, no encuentra espacios en la prensa, pues no existiría espacio, ni tiempo suficiente para ello.

Los maquillajes son insuficientes para satisfacer la necesidad ciudadana de contar con una administración de Justicia independiente, proba y honesta. No basta con enjuiciar y remover a uno o algunos miembros de la Corte, o a uno que otro juez corrupto. Hace falta un cambio profundo y radical, que proyecte la reconstrucción de un Poder Judicial que cumpla con los postulados constitucionales, y para ello, como ciudadanos, como votantes, como contribuyentes, debemos exigir a nuestros gobernantes la reforma de la Constitución, la modificación de las leyes y la selección de los mejores para procurar, luego de casi veinte siglos, que aquello que decía el jurista romano, se haga realidad, porque, sin justicia no habrá paz, sin justicia no habrá libertad, sin justicia no habrá democracia.

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