Así está ahora ese sitio, en total estado de abandono. Se convierte en una ratonera, según vecinos.
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Zuccolillo incurriría en delito ambiental con el Abasto Norte

La planta que presentó el grupo Zuccolillo, febrero del 2012. Allí supuestamente invirtió 193.000 dólares
La planta que presentó el grupo Zuccolillo, febrero del 2012. Allí supuestamente invirtió 193.000 dólares

El Abasto Norte, propiedad del Grupo Zuccolillo, tiene una planta de tratamiento de efluentes que no funciona, según la denuncia. Los desechos cloacales de ese centro comercial serian arrojados en un arroyo cercano, el denominado Paso Damián. El director del diario ABC incurriría en el delito ambiental y se expondría a una severa sanción.

LIMPIO (Dpto. Central).- Hace unos días, el diario ADN recorrió el predio del Abasto Norte, ubicado en esta ciudad, tratando de constar la denuncia de los vecinos, sobre un supuesto delito ambiental. Según la referencia, habría una clara y abierta violación de la Ley Nº 716/16 “Que sanciona delitos contra el medio ambiente”.

El Abasto Norte posee una planta de tratamiento de efluentes, pero no funcionaria. Y por cierto, en la visita a esa zona pudimos constar el estado de abandono de la misma. Y según los vecinos, la referida planta sería nada más que un depósito y en cada lluvia importante se vacía, arrojando los desechos al arroyo Paso Damián, que pasa a unos 600 metros del predio del centro comercial.

El propietario del diario ABC Color, Aldo Zuccolillo es también el dueño del Abasto Norte. A principio del 2012, justamente el referido matutino hizo un gran show en el referido mercado. Informando de una supuesta inversión de más de 193.000 dólares en la planta de tratamiento de efluentes y obras civiles para su funcionamiento.

En la presentación de la obra “utilizó” a estudiantes de Ingeniería Ambiental, a quienes el Ing. Carlos Moretuzzo, de la firma que tuvo a su cargo la fabricación, habló de las bondades de la planta y como “único en el país”.

Sin dudas se aprovechó el gobierno de Fernando Lugo y a sus ministros, especialmente de la Seam, para lograr la habilitación del sitio del supuesto tratamiento de efluentes. Posteriormente se remató durante el gobierno de Federico Franco, para que el propio presidente de entonces pueda “avalar” la farsa. Franco fue invitado para observar la supuesta gran inversión en la planta.

Hoy la misma “no funciona”, según los vecinos y los propios trabajadores e inquilinos del centro comercial. Y en las imágenes se pueden observar lo que fue presuntamente la gran obra y lo que es en este momento, inservible.

Algunos comerciantes del Abasto hablan de ésta situación, pero nadie se anima a hacerse responsable de la denuncia. Es que a todos se les tienen amenazados. “Tenemos prohibidos hablar. Ni si quiera entre nosotros no podemos comentar nada. Con decirte que hasta por pequeñas discusiones debemos pagar multas, que van de G. 500 mil, hasta G. 3 millones, en caso de agresiones físicas”, dijo una señora inquilina del Bloque C.

LO QUE DICE LA LEY Nº 716/16

La Ley Nº 716/16 “Que sanciona delitos contra el medio ambiente”, en su Art. 1º señala: “Esta Ley protege el medio ambiente y la calidad de vida humana contra quienes ordenen, ejecuten o, en razón de sus atribuciones, permitan o autoricen actividades atentatorias contra el equilibrio del ecosistema, la sustentabilidad de los recursos naturales y la calidad de vida humana”.

Agrega en el Art 4º que “Serán sancionados con penitenciaría de tres a ocho años y multa de 500 (quinientos) a 2.000 (dos mil) jornales mínimos legales para actividades diversas no especificadas.

Existen otros artículos más específicos, que se refiere, por ejemplo a los “que empleen datos falsos o adulteren los verdaderos en estudios y evaluaciones de impacto ambiental o en los procesos destinados a la fijación de estándares oficiales”. Además “Los que eludan las obligaciones legales referentes a medidas de mitigación de impacto ambiental o ejecuten deficientemente las mismas”.

Estos, según Art. 5º “Serán sancionados con penitenciaría de uno a cinco años y multa de 500 (quinientos) a 1.500 (mil quinientos) jornales mínimos legales para actividades diversas no especificadas.

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