El Ministerio Público dijo estar conforme con la decisión de los magistrados.
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Caso Forex: Acusados son condenados a 8 y 5 años de prisión

CIUDAD DEL ESTE, Alto Paraná.- Luego de 45 días de audiencias desarrolladas en la sede penal del Palacio de Justicia con el Tribunal, este martes concluyó el juicio oral por los hechos punible contra la restitución de bienes y otros, del Caso Forex.

La decisión del pleno fue por la condena para Felipe Ramón Duarte y su esposa Nilsa Romero de Duarte. El Ministerio Público dijo estar conforme con la decisión de los magistrados.

La Fiscalía acusó por los hechos punibles de asociación criminal, producción de documentos no auténticos, declaración falsa y lavado de dinero.

Para los jueces, todos los hechos punibles fueron probados y la condena para Duarte fue de 8 años de privación de libertad y para su esposa 5 años, que ya la tiene compurgada.

De acuerdo a la investigación, fueron remesados a varios países al menos 662 millones de dólares americanos entre los años 2010 al 2012 y al respecto, el juez Diarte, presidente del Tribunal, explicó que Felipe Ramón Duarte fue el creador de la asociación criminal, con la constitución de empresas de maletín para remesar el dinero al extranjero.

Asimismo, refirió que la falsificación de facturas (Invoices) para justificar al menos 11 mil transferencias realizadas dentro del esquema, se configura dentro del hecho punible de producción de documentos no auténticos. Ante la Secretaria de Estado de Tributación (SET) presentaban datos falsos con montos mucho menores o movimientos nulos de las empresas que manejaban.

El miembro del Tribunal, Milciades Ovelar también dio detalles de los hechos punibles probados durante el juicio oral, atribuidos a Felipe Ramón Duarte y refirió que se creó un campo de acción para ejecutar el esquema delictivo, con los recursos provenientes de la piratería, el contrabando y la comercialización de estupefacientes.

En lo que respecta a Nilsa Romero de Duarte, se le dio una condenada como co autora de los hechos punibles mencionados y en cuanto a la declaración falsa, los magistrados entendieron que ella no solo era la contadora de la organización, sino que sabía plenamente de la finalidad de los datos falsos manejados en los documentos contables.

Respecto al hecho punible de lavado de dinero, entendieron que Romero era cómplice ya que ayudaba en todo el plan que era dirigido por su marido.

Con el voto en disidencia de juez Milciades Ovelar, el Tribunal mantiene el arresto domiciliario para Felipe Ramón Duarte, pero levanta el permiso especial que tenía para poder trabajar. Por otro lado, aceptaron el pedido del Ministerio Público respecto al comiso de bienes adquiridos por la pareja (automóviles, camionetas y motocicletas) a lo largo del funcionamiento del esquema.

La fiscal Juliana Giménez, una de las integrantes del grupo que fiscales que estuvo en el juicio oral dijo que consideran correcta la decisión del Tribunal y que eso constituye un logro para la justicia.

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