Fabián Domínguez, viceministro de Tributación.
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Cobro de IRP desde dos salarios mínimos es falso

ASUNCIÓN.- Desde muy temprano, ayer se difundió la información sobre la supuesta idea de cobrar Impuesto a la Renta Personal (IRP) a todos los que ganan dos sueldos mínimos. El viceministro de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), Fabián Domínguez, señaló que no hay intención de bajar a dos salarios mínimos el IRP. “Eso no existe, ni siquiera se habló del tema en la mesa técnica, probablemente es un error de concepto lo que está en los medios”, dijo.

Domínguez remarcó que las personas que este año obtengan ingresos o utilidades por valor de  76.052.232 de guaraníes o más, pasarán a formar parte de la lista de contribuyentes que tributan el Impuesto a la Renta Personal (IRP).

Con esa información desvirtúa la versión viralizada ayer, sobre la supuesta idea de cobrar Impuesto a la Renta Personal (IRP) a todos los que ganan dos sueldos mínimos, es decir, un poco más de G. 4 millones.

“Las personas cuyo salario mensual superen 6,3 millones de guaraníes ya deben inscribirse. El impuesto se paga recién al año siguiente, se calcula restando los gastos (documentados) de los ingresos o cobros y se le aplica a la diferencia una tasa de 10% u 8%, según el caso”, sostuvo Domínguez.

Igualmente, explicó que los ingresos que se tienen en cuenta para pagar el tributo son los provenientes de salarios, sueldos, sobresueldos, jornales, horas extras, participaciones, asignaciones, honorarios y demás remuneraciones personales; el 50% de los dividendos, utilidades y/o excedentes distribuidos; la venta ocasional de inmuebles (en condiciones), cesión de derechos, ventas de títulos, acciones y cuotas de capital de sociedades; intereses o rendimientos de capitales.

Siguió diciendo que este rango de incidencia también afecta a aquellos contribuyentes del IVA que, por dar un ejemplo, perciben mensualmente un salario mínimo (G. 2.112.562) y que a mediados del año venden un inmueble de su propiedad que obtuvo por herencia, y el monto supera los G. 76.000.000. Entonces el contribuyente tiene la obligación de inscribirse al IRP, pese a que posteriormente siga percibiendo el ingreso equivalente a un salario mínimo.

Al cabo de dos años, si no alcanza el rango de incidencia, puede retirar su inscripción al IRP y formar parte de los contribuyentes que tributan IVA nuevamente, según detalló el viceministro.

La persona debe tener conocimiento de todo lo que implica ser contribuyente del IRP. En ese sentido, el viceministro resaltó que todas las informaciones necesarias están al alcance de las personas interesadas en el portal web de la SET. “Quienes son afectados por el IRP, qué gastos se pueden deducir en el IRP, entre otras cosas pueden encontrar en el sitio”, subrayó.

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