Luis Alberto Mauro.
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Corte no tiene injerencia en proceso de enmienda

ASUNCIÓN.-  En el proceso establecido para la enmienda constitucional intervienen las cámaras del Congreso y la ciudadanía a través de un referéndum. Aunque cualquier decisión puede ser apelada ante la Corte, la acción de inconstitucionalidad no puede anular totalmente los efectos de una norma, sino solamente para la persona que la apeló. Si no se aprueba la reelección y Lugo insiste en volver a postularse, allí sí el máximo tribunal deberá intervenir inhabilitando su candidatura por ser inconstitucional.

Luis Alberto Mauro, asesor del Tribunal Superior de Justicia Electoral, dijo hace unos días que será la Corte Suprema de Justicia la que tendrá la última palabra en el conflicto sobre la reelección vía enmienda constitucional, y está muy equivocado con dicha interpretación.

El artículo 290 de la Constitución, que habla del procedimiento de la enmienda, dice que el texto íntegro de la misma deberá ser aprobado por mayoría absoluta de ambas cámaras (41 diputados y 23 senadores). Cumplido este requisito, el proyecto aprobado será remitido al Tribunal Superior de Justicia Electoral, que en el plazo de 6 meses deberá convocar a un referéndum, en donde la ciudanía, finalmente, es la que decide si se introduce o no la enmienda en el texto constitucional.

En ningún lado se le da intervención a la Corte y si bien es cierto que cualquier norma puede ser recurrida ante ella con una acción de inconstitucionalidad, no podemos olvidar que no hay forma de que con esta acción el Poder Judicial pudiera anular los efectos de la norma recurrida, aunque haga lugar al pedido, que solo tendrá vigencia para quien presentó la acción.

Esto significa que si el PLRA o cualquier persona o sector político recurre a la Corte pidiendo la inconstitucionalidad de la reelección vía enmienda – en caso de que esta fuera aprobada primero por las cámaras del Legislativo y luego por la gente – y el colegiado decidiera hacer lugar a la acción, no quedará anulada la figura, sino que la misma será inconstitucional solo para la persona o grupo político que quiso anularla.

Así que suena desde todo punto ilógico que se pretenda evitar la reelección a través de una acción de inconstitucionalidad, que sí podría ser utilizada en el caso de que quede rechazado el segundo mandato y el expresidente Fernando Lugo insista con que la prohibición no le afecta, e intente volver a postularse.

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