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Diputados, por temor al contagio, no hablan del tema ni en pasillos

ASUNCIÓN.- Con la destitución de Víctor Bogado del Senado, se echó por tierra el argumento de que era necesaria una ley reglamentaria del artículo 201 de la Constitución para someter a la pérdida de investidura a un legislador, argumento utilizado por Diputados para proteger a Carlos Portillo y al mismo presidente, Miguel Cuevas. Ahora andan muy calladitos, evitando referirse al tema, posiblemente por temor a que ocurra lo mismo en su cámara.

Muchos diputados están que ni quieren aparecer por los pasillos ante el temor de que los agarre un periodista y les pregunte su opinión sobre lo que está ocurriendo en el Senado, en donde Bogado perdió su investidura sin que sus colegas hayan exigido la existencia de una ley reglamentaria sobre la previsión constitucional.

Esta fue la excusa que utilizó la mayoría de los diputados cuando las bancaditas plantearon la pérdida de investidura de Portillo, imputado por la Fiscalía por tráfico de influencias. Esto ocurrió en septiembre y ante el rechazo de la acción y por presión de los opositores, se puso en marcha el proceso de elaboración de un proyecto que reglamentara el artículo 201, aunque recién tuvo media sanción a comienzos de diciembre.

El blindaje a Portillo no se debió precisamente a la importancia que le dan las bancadas mayoritarias sino a que, si él cae, se presume que vendrá un vendaval detrás, que llegaría a afectar a Cuevas, a quien la bancada oficialista, con la adhesión de liberales efrainistas, pretenden salvar a toda costa, por lo menos hasta que entregue la Presidencia, el próximo 30 de junio.

El proyecto que reglamenta la pérdida de investidura, que ya tenía media sanción de Diputados, fue modificado en el Senado, especialmente en lo que se refiere a la mayoría necesaria para que una cámara destituya a alguno de sus miembros. En realidad, el espíritu se mantiene, pero se corrigió el texto porque los diputados aprobaron una mayoría que no existe, así que la cámara revisora decidió establecer que sea absoluta, a pesar de la oposición de quienes pretenden que sea simple, porque lo contrario sería inconstitucional.

Ambas cámaras decidieron no contemplar la exigencia de que exista una sentencia previa del Poder Judicial, que era una condición que establecía la ley anterior, considerada de “autoblindaje”, que tuvo que ser derogada por la presión mediática y ciudadana.

 

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