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Resaltan requisitos para habilitar playas y balnearios

ASUNCIÓN. Los propietarios de playas y balnearios deben cumplir una serie de requisitos para la habilitación de los locales por parte de la Municipalidad. El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades), como autoridad de protección y conservación de los recursos naturales y teniendo en cuenta el inicio de la temporada alta de verano, informó acerca de los requerimientos establecidos en el artículo 1 de la Resolución Nº 159/05.

Para ser habilitados, las playas y balnearios deberán cumplir con lo siguiente: poseer Declaración de Impacto Ambiental, expedida por el Ministerio del Ambiente, figurar en los registros de usuarios del agua, establecidos en la Dirección General de Protección y Conservación de los Recursos Naturales.

Asimismo, deben contar el análisis de calidad de agua, así como con los mecanismos de seguridad y accesibilidad. Igualmente deben disponer de instalaciones y mecanismos de gestión de residuos, contar con los servicios sanitarios correspondientes y ofrecer educación e información ambiental.

Los propietarios de playas y balnearios también deberán señalizar adecuadamente los diferentes espacios, prever primeros auxilios para los visitantes, además de agua potable, controlar la presencia de animales en el establecimiento y evitar la polución sonora.

Por otro lado, Ministerio del Ambiente mencionó además que, la tasa única anual a ser abonada en las municipalidades, para la habilitación de balnearios consiste en 15 jornales, punto establecido en la Resolución Nº 553/03.

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