Momento en que los invasores fueron desalojados.
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“Sintechos” reingresan a predio del que fueron desalojados

Un grupo de 50 personas volvió a ingresar a una propiedad de donde fue desalojado el martes de la semana pasada en Ciudad del Este, capital de Alto Paraná. Se trata de supuestos “sintechos”, que cortaron los alambres que colocó el dueño de la propiedad, José Luis Cubas, y se instalaron  nuevamente en el predio de 19 hectáreas, situado en el km 10, lado Monday. Sin embargo, tras advertir la presencia de efectivos de la Policía Nacional, optaron por salir nuevamente y reunirse con el grupo que realizaba cortes de ruta de manera intermitente, también reclamando que se les dé ese terreno del que fueron sacados recientemente.

CIUDAD DEL ESTE.- En horas de la mañana de ayer, un importante grupo de personas que forman parte de las 538 familias -desalojadas de la propiedad que se encuentra en el kilómetro 10 Monday de Ciudad del Este el 5 de marzo pasado- decidió realizar cortes intermitentes de ruta. Mientras tanto, unas 50 personas decidieron reingresar al sitio, pero, tras constatar la presencia de la Policía Nacional, decidieron salir nuevamente del lugar y unirse a los que estaban sobre la ruta.

En ocasión del desalojo, los invasores se resistieron y recibieron con honditas, machetes, palos y petardos a los miembros de la fuerza pública. Durante el procedimiento se había desatado una verdadera “guerra campal”, que dejó como saldo un total de cuatro policías heridos y 50 personas detenidas.

La propiedad pertenece a Luis Cubas Ramírez y estaba siendo ocupada por los “sintechos” que integran un asentamiento denominado Inmaculada Concepción. Se trata de 538 familias.

PENAS CARCELARIAS O MULTAS

El Código Penal paraguayo establece una pena de dos años de pena privativa de libertad o multa para los casos de invasión de inmueble ajeno o perjuicio a reservas naturales o zonas de igual protección.

El artículo 142 del Código Penal, referido a la “Invasión de inmueble ajeno”, dice: “El que individualmente o en concierto con otras personas y sin consentimiento del titular ingresara con violencia o clandestinidad a un inmueble ajeno y se instalara en él, será castigado con pena privativa de libertad de hasta dos años o con multa”.
Por su parte, el artículo 202 sobre “Perjuicio a reservas naturales”, expresa: “1º) El que dentro de una reserva natural, un parque nacional u otras zonas de igual protección, mediante tala de bosques será castigado con pena privativa de libertad de hasta dos años o con multa”.

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