Óscar Tuma, diputado colorado.
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Tuma presentó proyecto de enmienda constitucional

ASUNCIÓN.- Óscar Tuma presentó un proyecto de enmienda de la Constitución Nacional, a fin de que se permita la reelección presidencial, por una sola vez, sea consecutiva o alternada. Cuenta con que toda la bancada colorada apoye la iniciativa a fin de que la presentación sea oficial y pueda ser tratada por la cámara.

Aunque tiene sus bemoles, el procedimiento de la enmienda es mucho más sencillo que el de la reforma, aunque la Constitución dice que este será el procedimiento a ser utilizado en caso de tratarse “aquellas disposiciones que afecten el modo de elección, la composición, la duración de mandatos o las atribuciones de cualquiera de los poderes del Estado”.

Pero los diputados colorados entienden que la cuestión no es clara y que no hay una prohibición tajante a que se recurra a la enmienda para permitir la reelección presidencial. Antes de haber presentado a la cámara, Tuma debía haberlo hecho ante su bancada puesto que la iniciativa para una enmienda no puede ser de un solo legislador, sino de la cuarta parte de ellos de cualquiera de las cámaras.

Recién allí tiene entrada oficial el proyecto por secretaría. De acuerdo al artículo 290 de la Constitución, “el texto íntegro de la enmienda deberá ser aprobado por mayoría absoluta en la Cámara de origen (41 votos en Diputados). Aprobado el mismo, se requerirá igual tratamiento en la Cámara revisora (23 votos en el Senado). Si en cualquiera de las Cámaras no se reuniese la mayoría necesaria para su aprobación, se tendrá por rechazada la enmienda, no pudiendo volverse a presentarla dentro del término de un año”.

Luego de que la enmienda estuviera aprobada por las dos cámaras del Congreso, se la remitirá al Tribunal Superior de Justicia Electoral, que deberá convocar a un referéndum en un plazo de 6 meses, para que la ciudadanía apruebe o rechace la modificación de la Constitución Nacional. Si el resultado es positivo, recién allí la enmienda quedará sancionada y promulgada, y deberá ser incorporada al texto constitucional.

El único artículo que se modifica de acuerdo al proyecto de Tuma es el 229, que prohíbe la reelección presidencial. El texto presentado dice que “el presidente de la República y el vicepresidente durarán cinco años en el ejercicio de sus funciones, a contar desde el quince de agosto siguiente a las elecciones. Podrán ser reelectos por un periodo más, de forma alternada o consecutiva, si hubiesen cesado en el cargo seis meses antes de los comicios generales”.

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