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Abogado detalla paso a paso decisión de la Justicia de Brasil que cerró la causa contra Cartes

ASUNCIÓN. Pedro Ovelar, abogado del expresidente Horacio Cartes, utilizó su cuenta en Twitter para detallar paso a paso la decisión de la Justicia brasileña, que anuló el proceso abierto contra el exmandatario, específicamente en el caso Darío Messer. “La conclusión es que Horacio Cartes no cometió crimen alguno ni en Brasil ni en Paraguay”, destacó el profesional.

A continuación, transcribimos el tuit del abogado detallando el caso:

Nulidad del Proceso en Brasil. En mayo de 2021 el Tribunal Regional Federal de Río de Janeiro, por unanimidad, decidió hacer lugar al Habeas Corpus de “Trancamiento” a favor de Horacio Cartes, anulando todo el proceso y archivando definitivamente la causa.

En resumen señala:

1-No hay acción alguna imputable al procesado tipificada penalmente.

2-No hay el menor indicio de que el procesado hubiera promovido, constituido, financiado o integrado,    personalmente o por interpósita persona, una organización criminal.

3-Las afirmaciones puestas en la denuncia acerca de movimiento por parte de otro acusado de dinero recibido del procesado -Horacio Cartes-, no tiene relación alguna con cualquier acción suya, siendo además más probable que -el dinero-estaba siendo destinado a la subsistencia de un antiguo amigo de la familia -Darío Messer-, que su utilización en operaciones de la supuesta organización criminal.

4-En la declaración de Myra Athayde se esclarece el relacionamiento entre el procesado y Messer, revelando que el préstamo nada tenía que ver con algún hecho diferente que no sea a la sobrevivencia y a gastos jurídicos.

5-De la narración de la denuncia penal surge que no existe hecho criminal practicado por Horacio Cartes tanto en Paraguay -hipótesis en que no alcanzaría a la legislación brasilera-, como tampoco en el Brasil, siendo las imputaciones meras conjeturas, sin soporte en hecho alguno.

Conclusión: Horacio Cartes no cometió crimen alguno ni en Brasil ni en Paraguay.

Posteriormente, Pedro Ovelar explicó sobre la decisión del Superior Tribunal de Justicia que rechaza la apelación del Ministerio Público respecto de este fallo:

Nulidad del Proceso en Brasil 2: En agosto del 2022 el Superior Tribunal de Justicia de Brasil (decisión “monocrática” del ministro Relator, es decir de uno sólo de los miembros) decidió no conceder el recurso especial presentado por el Ministerio Público en contra de la decisión del Tribunal Regional Federal de Río de Janeiro que anulo y archivó el proceso abierto a Horacio Cartes.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ), concluye:

1-A pesar de la larga narrativa del Ministerio Público no fueron indicados elementos probatorios que concretamente demuestren la estabilidad y permanencia de actuación del procesado en un grupo criminal, sino apenas una relación de amistad con Darío Messer. Tampoco fueron indicadas las funciones y actividades del procesado en la organización criminal.

2-La indicación de una carta, las conversaciones interceptadas, el depósito de valores pecuniarios, la determinación para que el prófugo Darío no contrate otro abogado en Paraguay no son suficientes para comprobar el financiamiento de una organización criminal.

3-No hay indicación concreta, en cuanto al procesado, de su participación en la organización criminal. Así, está caracterizada la excepcionalidad necesaria para justificar la decisión impugnada de “trancamiento”, dada la ausencia de justa causa para la acción penal.

4-Ante la ausencia de pruebas concretas acerca de la estabilidad y permanencia de participación de Horacio Cartes en la supuesta organización criminal, para decidir dar continuidad al proceso, como requiere el Ministerio Público, importaría la revisión de material fáctico probatorio, lo cual está vedado en el recurso especial. Por lo cual no se concede el recurso especial.

Como se puede observar, el Superior Tribunal de Justicia con sede en Brasilia rechazó el recurso especial presentado por el Ministerio Público confirmando de esa manera la NULIDAD del proceso abierto a Horacio Cartes.

En otro hilo, el abogado explicó cómo el la Fiscalía insistió en su posición la cual nuevamente fue rechazada por unanimidad esta vez del pleno (5 ministros) del STJ:

https://twitter.com/PedroOvelarpy/status/1583425105593786368 

En tweets anteriores señalé que el Tribunal Regional de Río de Janeiro en el año 2021 hizo lugar al Habeas Corpus planteado por la defensa de Horacio Cartes, el cual anula y archiva todo el proceso abierto en Brasil. Esa decisión fue recurrida por el Ministerio Público (fiscalía) ante el Superior Tribunal de Justicia de Brasilia (STJ).

Como ya aclaré anteriormente por decisión unipersonal del Ministro Relator del STJ, en agosto del año 2022 se rechazó el recurso planteado por la fiscalía.

No obstante, el Ministerio Público insistió con su intención de revocar el fallo favorable a Horacio Cartes, a través de un “agravo regimental”, en el cual solicitaba que sea el pleno del STJ quien decida sobre su planteamiento.

Finalmente, el 18 de octubre del presente año, por unanimidad de sus cinco miembros, el Superior Tribunal de Justicia del Brasil rechaza nuevamente el planteamiento de la fiscalía.

En conclusión. No existe crimen alguno atribuible a Horacio Cartes y se ordena la nulidad y el archivo del proceso.

Así termina la explicación del abogado del exmandatario.

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