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Cuestionan “sigilo” en declaración de inamovilidad de ministros de la Corte

ASUNCIÓN. El exministro de la Corte Suprema, Luis Lezcano Claude, dijo que no ve “nada irregular” en la declaración de inamovilidad de cinco integrantes de la máxima instancia judicial. Sin embargo, manifestó que lo llamativo es el “sigilo” y la “forma sorpresiva” con que se planteó la inconstitucionalidad.

Anoche salió a luz la resolución de la Sala Constitucional de la CSJ haciendo lugar a una acción de inconstitucionalidad promovida por los ministros Eugenio Jiménez Rolón, Alberto Martínez Simón y María Carolina Llanes, quienes fueron declarados inamovibles hasta cumplir los 75 años de edad. El documento tiene la fecha de 25 de octubre y se dio a conocer varios días después.

“Lo llamativo de estos últimos casos es el sigilo con que dictan los acuerdos y sentencias. Hay que tener en cuenta que es del 25 de octubre. Sin embargo, se dan a conocer cerca de 15 días después”, dijo al respecto Lezcano Claude. Insistió: “Llama la atención esta decisión apenas han asumido y ya se declaran con inamovilidad”.

Además de Jiménez Rolón, Martínez Simón y Llanes, obtuvieron una resolución similar los ministros César Diesel y Manuel Ramírez Candia.

Sobre el procedimiento, el exministro dijo que no hay nada irregular. “Se tiene que dar esta declaración de inamovilidad hasta los 75 años respecto a cada ministro. Lo que se aplica es el artículo 261 de la Constitución Nacional y no el artículo 252”, refirió.

Al respecto explicó: “Por una parte se tiene el Art. 252 de la CN que exige dos confirmaciones, pero ese artículo se aplica a todos los magistrados desde Tribunal de Apelación para abajo y el 261 es el que corresponde aplicar a los ministros de la Corte Suprema. Pero hay un artículo de la ley 609 que organiza la Corte Suprema de Justicia que remite al artículo 252 y ese artículo que sería el 19 (de la Ley 609) es el que es inconstitucional”.

“El problema es que nuestro sistema de declaración de inconstitucionalidad es para cada caso concreto. Por ello, mientras sigan así las disposiciones constitucionales y el sistema de control de constitucionalidad, cada ministro va a tener que plantear una acción y se va a tener que resolver, así como se resolvieron estos últimos casos”, subrayó.

“Este criterio (art. 261) de aplicación, está aceptado por todos los órganos que intervienen en la designación de todos los ministros”, puntualizó.

La resolución que declara inamovible a tres de los ministros tiene fecha de 25 de octubre y recién se dio a conocer ayer.

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