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Directora de DD.HH. de la Fiscalía sale en defensa de la teniente

ASUNCIÓN.- La directora de DD.HH. de la Fiscalía, Alejandra Peralta, salió en defensa de la Tte. Carmen Quinteros, ya que días atrás tomó estado público la sentencia de la Corte Suprema de Justicia por la cual se confirman 45 días de prisión en su contra. Destacó que la sentencia del fuero militar no se ajusta a los estándares de derechos humanos, también viola el Art 8.1 de la Convención Americana. En consecuencia, todos los fallos posteriores corren la misma suerte.

Peralta manifestó que cuando se trata de bienes, que por su naturaleza no son propios del orden militar o castrense, el fuero competente es el ordinario, no el militar. Sostuvo que lógicamente el derecho en principio reclamado por la mujer no se fundamenta en un bien propio del orden militar, sino en un derecho humano fundamental, que es la posibilidad real de amamantar a su bebé.

En ese sentido, trajo a colación el artículo 174 de la Constitución Nacional que establece que en el caso de un militar en servicio activo es inconvencional, y corresponde a los juzgadores aplicar el correspondiente control de convencionalidad para remitir el caso al fuero ordinario.

Manifestó que la jurisdicción militar no es el fuero competente para investigar y en este caso, juzgar y sancionar a los autores de alegadas vulneraciones de derechos humanos, sino que el procesamiento de los responsables corresponde siempre a la justicia ordinaria, de acuerdo a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Por otra parte, subrayó que si bien la Corte Interamericana de Derechos Humanos (IDH) es una autoridad interpretativa de las obligaciones establecidas en la Convención Americana, el deber de no juzgar violaciones de derechos humanos a través de la jurisdicción penal militar es una garantía del debido proceso, que se deriva del derecho humano a las garantías judiciales y no exclusivamente su jurisprudencia.

Recordó lo acontecido con Quinteros desde que tomó estado público la sentencia de la Corte Suprema de Justicia por la cual se confirman 45 días de prisión para la mujer. Mencionó que el conflicto se inició poco tiempo después de que la militar dio a luz y la trasladaron hasta otra dependencia laboral, en la cual le resultaría imposible amamantar a su bebé por las largas horas de guardia y la distancia entre su nuevo lugar de trabajo y su domicilio.

“Este fue el motivo por el que solicitó ser traslada nuevamente a su trabajo anterior, el caso tomó conocimiento mediático y finalmente terminó en una sanción militar por falta contra la disciplina y una denuncia penal por difamación”, refirió.

Cabe recordar, que para ser desvinculada del proceso penal, la mujer madre se retractó públicamente, y la semana pasada la Corte Suprema de Justicia confirmó la falta contra la disciplina militar con la consecuente sanción de 45 días de arresto.

 

 

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