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Exoneración de multas llega a cerca de G. 11.000 millones beneficiando a 1.957 mipymes

ASUNCIÓN.- Desde el inicio de la exoneración de multas a mipymes, 1.957 micros, pequeñas y medianas empresas accedieron al beneficio, lo que representa cerca de 11.000 millones de guaraníes, según informó el Ministerio de Trabajo (Mtess).

Con la finalidad de impulsar la formalización de este sector económico que emplea mayoritariamente a la fuerza laboral del país, la cartera de trabajo estableció la exoneración de multas a mipymes.

En la semana comprendida del 01 al 05 de noviembre fueron procesadas 40 exoneración de multas por un monto de 306.640.225 guaraníes, sumando en total 10.914.346.844 guaraníes lo exonerado desde el 26 de abril del presente año, según informó la Dirección de Registro Obrero Patronal del Mtess.

Conforme a la resolución Nº 539/21 podrán ser beneficiadas las mipymes que no hayan realizado la inscripción patronal, presentación de planillas laborales anuales y comunicación de movimiento de empleados. Al presentar el pedido deben indicar cual o cuales exigencias no cumplieron y requieren de la exoneración.

Las empresas deben remitir una nota dirigida al viceministro de Trabajo, Luis Orué o al director de Registro Obrero Patronal, Rubén Roa, para solicitar la exoneración mencionando el RUC, nombre de la empresa y número patronal, firmada por los propietarios o representantes legales con copia de cédula de identidad.

Además deberán presentar el último nivel de facturación anual de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), última planilla de pago a IPS, copia de constancia de RUC; sino cuentan con los documentos de la SET e IPS, pueden presentar la cédula mipymes. También deberán anexar copia de cuestionario del curso de capacitación aprobado por la Dirección de Registro Obrero Patronal, otro de los requisitos que se debe cumplir.

Las empresas que aún no están registradas y quieren acogerse al beneficio deberán inscribirse primero en el Mtess en este enlace. La presentación de los documentos para solicitar la exoneración se realiza a través de la mesa de entrada en línea que se encuentra en la página web de la institución.

Más de 60 nuevas patronales

Por otro lado, en la última semana la cartera de Trabajo inscribió a 60 nuevas patronales a la Dirección de Registro Obrero Patronal (REOP) de la cartera de Estado siendo 41 los trabajadores beneficiados, 31 hombres y nueve mujeres.

El decreto 8.304 en su artículo 3, establece que todos los empleadores deben inscribirse en la Dirección de Registro Obrero Patronal del Mtess en un plazo máximo de 60 días desde el inicio de la relación laboral. En el caso de que los empleadores habiliten también sucursales deberán inscribir a cada una de ellas.

La inscripción de Obrero Patronal podrá realizarse en la Dirección de Registro Obrero Patronal de la institución estatal o a través de la página web institucional y en el Sistema Unificado de Apertura y Cierre de Empresas (Suace), que funciona en el Ministerio de Industria y Comercio (MIC).

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