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Hay méritos y razones suficientes para enjuiciar a Giuzzio, afirman

ASUNCIÓN. El abogado constitucionalista Marcelo Duarte afirmó que hay méritos y razones suficientes para enjuiciar al ministro del Interior, Arnaldo Giuzzio, atornillado al cargo pese a su inoperancia. “Lo que se evalúa es la capacidad y la idoneidad”, refirió el profesional, en comunicación con radio UNO.

Explicó que “el juicio político no conlleva a una acusación penal, lo que se está evaluando es la capacidad de alguien para ocupar el cargo, la idoneidad, su responsabilidad política”.

“Si se tienen suficientes elementos se puede llevar a juicio político a un ministro. Si se obtienen los votos automáticamente es destituido del cargo, la decisión no pasa a consideración de ninguna otra autoridad”, resaltó.

Duarte indicó que “hay que tener en cuenta que el juicio político es una figura extrema, requiere no solo los elementos, sino de 2/3 de la Cámara de Diputados y la juzgadora, el Senado”.

“Si se me permite una valoración y una opinión al respecto, los méritos y razones son suficientes, de lejos, para llevar a juicio político al ministro del Interior”, remarcó.

Recordó que “sí hubo un caso de un ministro del Poder Ejecutivo, pero normalmente se hace primero la interpelación. Si hay elementos de juicio, se puede pasar directamente a ese proceso”. No obstante, aclaró que una figura no es vinculante con la otra.

El juicio político está establecido en el artículo 225 de la Constitución Nacional. El mismo establece que “el presidente de la República, el vicepresidente, los ministros del Poder Ejecutivo, los ministros de la Corte Suprema de Justicia, el fiscal general del Estado, el defensor del pueblo, el contralor, el subcontralor y los integrantes del Tribunal Superior de Justicia Electoral solo podrán ser sometidos a juicio político por mal desempeño de sus funciones, por delitos cometidos en el ejercicio de sus cargos o por delitos comunes”.

Refiere que “la acusación será formulada por la Cámara de Diputados, por mayoría de dos tercios. Corresponderá a la Cámara de Senadores, por mayoría absoluta de dos tercios, juzgar en juicio público a los acusados por la Cámara de Diputados y, en caso de ser declararlos culpables, al solo efecto de separarlos de sus cargos. En los casos de supuesta comisión de delitos, se pasarán los antecedentes a la justicia ordinaria”.

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