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La Contraloría no podrá auditar gestión de Hugo Velázquez

ASUNCIÓN. La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) dio trámite a la acción de inconstitucionalidad presentada por el ex vicepresidente de la República, Hugo Velázquez. En consecuencia, se suspendió los efectos de la ley que otorgaba a la Contraloría General la facultad de auditar su gestión. La decisión implica que Velázquez deberá presentar su rendición de cuentas ante el Tribunal de Cuentas.

Los ministros de la Corte, César Diesel y Víctor Ríos, consideran que están reunidos los requisitos establecidos en el artículo 553 del Código Procesal Civil y respaldaron la medida cautelar, mientras que el doctor Gustavo Santander Dans emitió un voto en disidencia.

La secuencia de los hechos se inició el pasado 2 de agosto con el Auto Interlocutorio N° 1188, que dio inicio al trámite de la acción presentación por Velázquez. Posteriormente, a través del Auto Interlocutorio N° 1189, también del 2 de agosto, los ministros Diesel y Ríos acordaron conceder la solicitud de suspensión de efectos de la ley N° 2248/03. Esta ley modificaba el artículo 30 de la ley N° 879/81, conocida como el “Código de Organización Judicial”, y confería a la Contraloría General la autoridad para auditar el uso de fondos públicos.

Sin embargo, la votación mayoritaria a favor de la suspensión de los efectos de la ley significa que Velázquez está exento temporalmente de la auditoría de la Contraloría. Esto le permitirá presentar su rendición financiera ante el Tribunal de Cuentas, impidiendo así una evaluación por parte de la entidad de control.

La enmienda al artículo 30 del Código de Organización Judicial otorgaba a la segunda Sala del Tribunal de Cuentas la responsabilidad de supervisar las cuentas de inversión del Presupuesto Nacional, en línea con las disposiciones constitucionales. Sin embargo, con la derogación de esta disposición mediante la nueva ley, la atribución de auditar el uso de fondos públicos pasó a la Contraloría General, bajo la dirección de Camilo Benítez.

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