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Modificarían Código Aduanero para endurecer castigo a contrabandistas

ASUNCIÓN. Con la intención de combatir de manera más efectiva y frontal el contrabando, el diputado liberal Rodrigo Blanco presentó un proyecto de ley que modifica varios artículos del Código Aduanero.

La propuesta de modificación plantea en el artículo 331 de la referida ley, referente a la Defraudación, la eliminación del concepto “realizada en forma dolosa”, permitiendo así catalogar el hecho, indistintamente, a la existencia de dolo o culpa.

Asimismo, en el artículo 333, que habla de las Sanciones, se eleva la Defraudación a la categoría de hecho punible de acción penal pública, pasible de pena privativa de libertad de hasta 5 años o multa.

Mientras que la modificación pretendida en el artículo 378, De la acción penal, establece que en los casos de Defraudación y Contrabando, sí correrá el término para el ejercicio de la acción penal. En los otros casos se estipula la suspensión del término para la acción penal y también para la acción en lo contencioso-administrativo.

“De ésta manera, se busca evitar que hechos que puedan constituir infracciones a la ley penal, puedan estar supeditados a la culminación de sumarios administrativos, cuyo fin es distinto respecto de la persecución directa del Estado sobre el delito de contrabando realizado fuera de la sede aduanera”, dice parte de la exposición de motivos.

Recordemos que la legislación actual, en los casos de sospecha de defraudación y contrabando, establece que primero debe culminarse el sumario administrativo y solo después derivarse los antecedentes al Ministerio Público.

El proyectista entiende que tal como se encuentra actualmente el régimen legal citado, permite instaurar la “doble jurisdicción”, pues deja la posibilidad de que el sumario concluya que el hecho no configura contrabando, dejando al juez y al fiscal penal, cuanto menos, en una incómoda posición.

“En este análisis, es dable imaginar que el sumario administrativo aduanero representa un innecesario obstáculo en la lucha frontal a este delito, confundiendo e, incluso, facilitando la generación de un escenario de vacío legal que en materia penal siempre termina favoreciendo a los agentes violadores de la ley”, dice el legislador en su exposición de motivos.

Añade, finalmente, que la defraudación es uno de los hechos más perjudiciales y constantes que, además de significar un detrimento al fisco, son acciones practicadas y apañadas por ciertos importadores, despachantes y funcionarios de aduanas.

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