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Otro revés para “Mbururú”: rechazan excepción de incompetencia planteada por la defensa

ASUNCIÓN. La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia rechazó la excepción de inconstitucionalidad presentada por la defensa de Rafael “Mbururú” Esquivel, en el marco de la causa que enfrenta por coacción grave y robo, y que actualmente está siendo llevado a juicio oral y público.

El abogado Eduardo Lezcano, quien representa a Esquivel, argumentó que la norma contenida en el Artículo 400 del Código Procesal Penal es inconstitucional, ya que otorga facultades extraordinarias al Tribunal de Sentencia en detrimento de las etapas procesales establecidas en el Código Procesal Penal. Según Lezcano, esto viola las garantías previstas en los artículos 11, 16 y 17 de la Constitución Nacional, al extender el plazo razonable del proceso y afectar el debido proceso.

Sin embargo, el ministro César Diesel, al fundamentar la decisión de la Sala Constitucional, dijo que la excepción de inconstitucionalidad no procede para impugnar actos procesales, como la advertencia realizada por el Tribunal de Sentencia durante la audiencia de juicio oral y público. En este sentido, la norma atacada, el artículo 400 del CPP, no colisiona con ningún precepto constitucional o principio procesal, ya que permite al órgano jurisdiccional dar una calificación jurídica distinta al acusado sin modificar los hechos objeto de investigación, brindando así oportunidad al procesado para preparar su defensa, según el argumento.

El ministro Víctor Ríos respaldó esta postura y agregó que la vía de impugnación utilizada por la defensa de Rafael Esquivel es inapropiada, ya que no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 538 del Código Procesal Civil. Ríos sostuvo que la excepción de inconstitucionalidad debe dirigirse contra una norma o instrumento normativo violatorio de la Constitución, y no contra actos procesales concretos.

La unanimidad de criterios entre los ministros se reafirmó con las declaraciones del ministro Gustavo Santander, quien registró que la excepción de inconstitucionalidad busca evitar la aplicación de una normativa en una resolución judicial y no puede utilizarse como recurso para impugnar actos procesales. Santander desearía que la excepción presentada por la defensa tuviera un carácter dilatorio y pidió a los magistrados intervinientes aplicar medidas correctivas para evitar conductas procesales que entorpezcan el desarrollo normal del proceso.

En consecuencia, la Sala Constitucional rechazó la excepción de incompetencia planteada por la defensa de “Mbururú” Esquivel, y el juicio oral y público continuará su curso normal. Sin embargo, la defensa aún tiene la posibilidad de presentar otros recursos o alegatos en el transcurso del proceso judicial.

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