Manifestación pasada de pobladores que exigían la renuncia del intendente de esta localidad. (Foto: Internet).
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Presentaron 14 denuncias contra la comuna de Caballero Álvarez

ASUNCIÓN.- La Contraloría General de la República (CGR) intervendrá en la Municipalidad de Francisco Caballero Álvarez, del departamento de Canindeyú. Fueron presentadas 14 denuncias por presuntas irregularidades en el manejo administrativo.

Esta vez, por resolución N° 176 del 27 de marzo de 2018, el ente contralor amplió el Plan General de Auditorías (PGA) para el presente año y se establecieron los procedimientos a ser aplicados con relación al desarrollo de las auditorias o actividades de control.

El contralor Abog. José Enrique García, informó que se incluye en el PGA 2018, la Municipalidad de Francisco Caballero Álvarez, cuyo intendente es Ariel Araujo, en razón a la presentación de 14 denuncias ingresadas en fecha 27/02/2018. También se incluirán al Organismo Superior de Control (Expediente CGR N° 5631/18); al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, considerando las modalidades de auditorías a ser desarrolladas, basadas en las Normas Internacionales de Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI) y la necesidad de emitir una opinión sobre la razonabilidad de los estados financieros correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017.

Asimismo se auditará a la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC), teniendo en cuenta la materialidad económica y las informaciones periodísticas que guardan relación con supuestas irregularidades en la contraprestación de los bienes y servicios adjudicados.

Los aspectos que serán objeto de revisión serán la Razonabilidad de los Estados Financieros y el cumplimiento de las Construcciones y las Contrataciones Públicas de cada uno de los entes sujetos de control. De esta manera, el PGA 2018 abarcará un total de 43 instituciones públicas que contemplan a su vez unas 140 actividades de control.

Los resultados de estos trabajos de auditoría formarán parte del informe y dictamen que serán elevados al Congreso Nacional para que los consideren cada una de las Cámaras, según lo establecido en el Artículo 282° de la Constitución Nacional.

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