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Protección de la fuente no significa ser cómplices

ASUNCIÓN.- La Constitución Nacional garantiza a los medios de comunicación la protección de sus fuentes, esto quiere decir que nadie podrá obligarles, ni siquiera un juez, a que revelen la identidad de quien les proporcionó determinada información. Pero esto no significa volverse cómplices de algún posible delito, encubriéndolo. La prensa tiene la obligación de ser responsable constatando la veracidad de la denuncia y si la misma contiene reaseguros que la hacen legal.

Hace unos días, el secretario general de la CODEHUPY, Óscar Ayala Amarilla, nos decía que le parecía prematuro asegurar que la emisión de audios, realizada por el diario ABC, era ilegal puesto que muy bien podía contar con las autorizaciones correspondientes, pero no las mostraba porque tiene el derecho constitucional de proteger a su fuente.

Es muy interesante la teoría si no fuera porque la fuente es la que proveyó a los periodistas de los audios, pero su emisión ya no tiene que ver con el origen de los mismos y es responsabilidad del diario, que debía pedir una orden judicial para darlos a conocer.

No hay que confundir los tantos. Es cierto que la protección de las fuentes es una garantía constitucional tan importante como la protección de la intimidad de las personas, sin importar que fueran funcionarios públicos o ciudadanos comunes. Pero la Carta Magna da esa garantía precisamente exigiendo que los medios que recurren a fuentes anónimas sean lo suficientemente responsables para saber, en primer lugar, la legitimidad y autenticidad de las pruebas que reciben por esa vía, y, además, que al darlas a conocer no estarán violando ninguna norma vigente.

Este es el paso que pareciera que no tuvieron en cuenta los periodistas del diario de Aldo Zuccolillo en el momento en el que decidieron dar a conocer los audios. Y exigirles ahora que expliquen por qué no solicitaron una orden judicial para actuar, no viola, de ninguna manera, la previsión constitucional de mantener anónimas a las fuentes utilizadas.

Proteger a las fuentes no significa, de ninguna manera, que el medio que las utiliza se convierta en cómplice o encubridor de un posible delito. Debe investigar la veracidad de las denuncias que recibe y conseguir la protección legal exigida para publicarlas. De lo contrario, todo el procedimiento es espurio y no puede ser avalado por ningún juez.

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