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Reglamentan retención de Renta Personal

ASUNCIÓN.- La Subsecretaría de Estado Tributación (SET) reglamentó la retención del Impuesto a la Renta Personal (IRP), que regirá desde setiembre de este año. La reglamentación establece que las empresas públicas, las sociedades, cooperativas, asociaciones, las empresas unipersonales de la categoría de grandes y medianos contribuyentes, y las demás entidades públicas o privadas cualesquiera sea su naturaleza, deberán retener el IRP a los contribuyentes de este impuesto en diversos casos.

La normativa señala que no se efectuarán las retenciones sobre el aguinaldo, las jubilaciones, pensiones y haberes de retiro, las indemnizaciones, bonificaciones, viáticos, y otros conceptos citados específicamente en la resolución.

Los agentes de retención deberán emitir en forma virtual los comprobantes de retención mediante el Software Tesakã y los contribuyentes que fueron retenidos, podrán consultar a través del Sistema Marangatú que las retenciones fueron declaradas e ingresadas por sus agentes de retención.

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