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Senado borró de un plumazo el veto, atribución constitucional del Ejecutivo

Los senadores de la oposición y de los colorados marioabdistas, en sesión cuasi secreta y de manera artera, aprobaron una Ley que pretende cercenar la atribución constitucional del Presidente de la República de vetar totalmente el Presupuesto General de la Nación. El doctor Fernando Rojas, abogado constitucionalista y penalista, dijo que “esta ley ofrece flanco gentil para ser atacado de inconstitucional, esta es una Reforma de facto, cometiendo el mismo error que endilgaron al presidente Cartes cuando buscaba la enmienda”.

ASUNCIÓN.- El artículo 238 de la Constitución Nacional, que habla “de los deberes y de las atribuciones del Presidente de la República”, en su apartado 4 dice: “vetar, total o parcialmente, las leyes sancionadas por el Congreso, formulando las observaciones u objeciones que estime convenientes”. Esta herramienta constitucional fue arrancada por el Senado con una Ley.

Esta instancia legislativa hizo lo mismo que acusó a Horacio Cartes cuando intentó la enmienda constitucional.

En la víspera, los senadores, a instancias de la oposición y la disidencia colorada y como intentando burlarse de la inteligencia de la ciudadanía, aprobó una Ley que modifica la Ley 1.535/99, de Administración Financiera del Estado, y deroga la facultad del Ejecutivo de vetar el Presupuesto General de la Nación (PGN)”. Esta ley fue pergeñada por el senador de Avanza País, Adolfo Ferreiro, de profesión abogado.

El doctor Fernando Rojas, abogado especializado en Derecho Penal e Instituciones Constitucionales por la Universidad de Salamanca, no dudó en calificar de “una reforma de facto de la Constitucional Nacional y ofrece flanco gentil para ser atacada de inconstitucional”.

El Senado se reunió en sesión extraordinaria coincidiendo con la de Diputados que centraba la atención con el estudio del Presupuesto General de la Nación y obró la Cámara Alta de forma artera.

Dice la Ley aprobada que “el ejercicio financiero o ejercicio fiscal se iniciará el 1 de enero y finalizará el 31 de diciembre de cada año, en las situaciones previstas en el artículo 217 de la Constitución Nacional seguirá vigente el presupuesto del ejercicio fiscal en curso”.

De esta manera, el Senado pretende evitar que el Poder Ejecutivo eche mano al veto total del PGN tal como ocurrió en diciembre 2017. Rojas dijo que “el Presidente de la República es la única institución que tiene esa potestad constitucional y lo que hizo el Senado es una reforma de facto”.

El Senado carece de las atribuciones de suprimir un precepto constitucional “está ignorando una parte fundamental de la Carta Magna, que deberá ser subsanado con una declaración de inconstitucionalidad. Esta reforma es imposible de esta manera”.

Ferreiro señaló que no existe tal atribución del Poder Ejecutivo para vetar el presupuesto aprobado en el Congreso y que el mismo debe aceptar la decisión del Poder Legislativo; sin embargo Rojas lo contradice y reitera que es taxativo lo que determina el numeral 4 del Artículo 238 “que no admite mucho debate”.

Asegura el abogado consultado que “si bien el Senado tiene facultades que lo hacen parte de la Reforma constitucional, esta no es la vía, lo que hicieron es totalmente inconstitucional” y agregó que “la Constitucional establece las vías de una Reforma y en este caso lo que están haciendo es suprimir un numeral y eso sacar un pedazo de la Carta Magna”.

LO MISMO QUE IMPIDIERON A CARTES

El profesional realizó un paralelismo con el debate sobre la enmienda que buscaba introducir la figura de la reelección y apuntó que “los senadores esta vez hicieron exactamente lo que intentaron impedir en el proceso de enmienda; eso es así mismo; es exactamente la misma figura”.

El procedimiento parlamentario exige intervención de la Cámara de Diputados y si no se modifica pasará al Poder Ejecutivo que tiene la potestad constitucional de vetarla y si el Senado lo ratifica queda la instancia de la Corta Suprema de Justicia.

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