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Tratarán 2 pedidos de informes sobre Petropar

ASUNCIÓN.- Con un orden del día que consta de 15 puntos, sesionará hoy la Cámara de Senadores, y entre los temas fundamentales figuran 2 pedidos de informes al Ejecutivo sobre la administración de Patricia Samudio en Petropar. El primero, “que pide informe al Poder Ejecutivo – Petróleos del Paraguay (PETROPAR), sobre la compra de combustibles y los depósitos bancarios de la entidad”, fue presentado por Carlos Filizzola, Jorge Querey, Esperanza Martínez, Fernando Lugo, Sixto Pereira y Hugo Richer, del Frente Guasu.

El segundo pedido, que se refiere de manera general al tema Petropar, está firmado por los colorados de Honor Colorado Enrique Riera, Sergio Godoy, Juan Darío Monges, Víctor Bogado y Antonio Barrios.

Otro punto es el proyecto de Resolución “Código de Ética Parlamentaria de la Honorable Cámara de Senadores”, presentado por Derlis Osorio y que “comprende el conjunto de disposiciones que regulan las normas básicas para el ejercicio honesto y digno de la función parlamentaria. En su conducta, el senador o senadora dará ejemplo de su vocación de servicio al país y de su compromiso con los valores que inspiran al estado democrático de derecho”, según la exposición de motivos.

Además, también se analizará el proyecto de Ley “De datos abiertos para la República del Paraguay”, que tiene por objeto regular la forma mediante la cual, los datos de carácter público, generados por las dependencias y entidades de los Poderes Legislativo, Poder Ejecutivo y reparticiones. Poder Judicial y dependencias, la Contraloría General de la República y las Entidades Descentralizadas: Banca Central del Estado, Gobiernos Departamentales, Entes Autónomos y Autárquicos, Entidades Públicas de Seguridad Social, Empresas Públicas, Empresas Mixtas, Entidades Financieras Oficiales, Universidades Nacionales y a las Municipalidades del país y se pondrán a disposición de la población como datos abiertos, con el propósito de facilitar su acceso, uso, reutilización y redistribución para cualquier fin, según la reglamentación, en el término de 180 (ciento ochenta) días a partir de la promulgación de la ley.

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