ASUNCIÓN. La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), emitió ayer la Resolución 79/21. Por la misma dispuso los requisitos y documentos que se precisa para la inscripción en el registro único de contribuyentes (RUC) de los movimientos políticos, alianzas, concertaciones y movimiento internos partidarios, en cumplimiento con la Ley.
Las agrupaciones que participarán de las elecciones internas en junio próximo y de las generales en octubre, deberán registrarse como contribuyentes.
Para ello deben munirse de la cédula del representante legal y administrador de campaña, resolución de reconocimiento del TSJE o del Tribunal Electoral de cada partido y documentos que respalden la conformación de autoridades.
También deben presentar la declaración de ingresos y gastos de campaña (DIGC) de los candidatos, y en el caso de los partidos -para las generales- se deberá registrar ante la SET el estatuto social protocolizado inscripto en el Registro de Personas Jurídicas y Asociaciones de Registros Públicos (ver la infografía).
La SET realizará los controles con la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad). Los entes deben verificar el origen de los fondos usados en campaña, y después la SET monitoreará que los gastos esten debidamente documentados y no se utilicen facturas falsas para justificar los aportes.
Tributación sostiene que para facilitar el registro de los movimientos, pueden recurrir en su página web (www.set.gov.py) se encuentra la guía paso a paso en la sección denominada “Biblioteca Impositiva / RUC”
Las sanciones administrativas en caso de incumplimiento pueden ir desde el 100% hasta el 300% de los montos evadidos o dejados de abonar, los casos podrían tener derivaciones penales.