Momento en que juraron los nuevos representantes del pueblo como diputados.
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Últimos días para que legisladores presenten declaración de bienes

Hasta el fin de semana tienen tiempo los legisladores (tanto los nuevos como los salientes) para presentar ante la Contraloría su declaración jurada de bienes. La Mesa de Entrada de la Dirección General de Control de Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos y Doble Remuneración de los Funcionarios y Empleados Públicos, estará recibiendo las presentaciones de las autoridades electas de la Cámara de Senadores, Diputados y PARLASUR.

ASUNCIÓN.- El domingo 15 vence el plazo para que los legisladores electos, entrantes y salientes, presenten sus declaraciones juradas de bienes a la Contraloría General de la República, por lo que se habilitó un horario especial de atención para el sábado 14 y domingo 15, en el horario de 08:00 a 12:00.

La institución informó que la Mesa de Entrada de la Dirección General de Control de Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos y Doble Remuneración de los Funcionarios y Empleados Públicos, estará recibiendo las presentaciones de Declaraciones Juradas de las autoridades electas de la Cámara de Senadores, Diputados y PARLASUR.

Cabe recordar que de acuerdo con lo que establece el artículo 104 de la Constitución Nacional, que dice, “Los funcionarios y los empleados públicos, incluyendo a los de elección popular, los de entidades estatales, binacionales, autárquicas, descentralizadas y, en general, quienes perciban remuneraciones permanentes del Estado, estarán obligados a prestar declaración jurada de bienes y rentas dentro de los quince días de haber tomado posesión de su cargo, y en igual término al cesar en el mismo”.

En su artículo 1, la Ley 5033/13 refiere que “A los efectos de la ley, se entenderá como funcionario público a toda persona nombrada, contratada o electa por elección popular para servicios en los poderes del Estado”.

Consiguientemente, en el artículo 2 establece que “las personas señaladas en el artículo precedente prestarán declaraciones de bienes y rentas, activos y pasivos a la Contraloría General de la República dentro de los 15 días de tomar posesión de su cargo y en igual término al cesar el mismo”.

La declaración jurada de bienes es un documento que permite a las autoridades electas, como es este caso, presentar datos certeros sobre los bienes patrimoniales que posee para desempeñarse en la actividad pública, tales como casas, vehículos, ingresos y egresos, y otros tipos de pertenencias así como lo estipula la Constitución Nacional.

Con el cumplimiento de este requisito, las autoridades legislativas estarían manifestando que son conscientes de las responsabilidades y obligaciones que asumen, y que por lo tanto, es fundamental la transparencia respecto del origen de sus bienes. Como así también para los que están dejando de cumplir la función legislativa, para que dejen constancia de las diferencias que han experimentado en el acrecimiento o disminución patrimonial.

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