El abogado penalista José Casañas Levi afirmó que quien viraliza o reenvía videos íntimos o imágenes privadas, sin autorización del dueño de los mismos, se expone a una pena de 2 años de cárcel, porque se trata de un delito.
“Tanto la Constitución Nacional como el Código Penal Paraguayo contemplan el derecho a la intimidad y protección de la imagen. Las cuestiones de la intimidad y la vida privada de la persona no tienen por qué llegar a conocimiento público”, señaló en la 1080 AM.
Añadió que “cuando una persona difunde esa información en imágenes o videos, incluso en grabación, sin autorización de la otra persona, está cometiendo un delito”.
Si la persona comparte una publicación de contenido íntimo o reenvía a los servicios de mensajería, “también está cometiendo delito, porque está difundiendo intimidad de la otra persona de la que no tiene autorización”, manifestó.
Explicó que “en el ámbito procesal hay dos clases de acción: la penal pública, donde el fiscal no necesita esperar a nadie y toma la decisión; y la acción penal privada, donde la intimidad es un delito de instancia civil. La persona tiene que dar a conocer la denuncia y ahí sí el Ministerio Público toma la acción”.