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Condenan a dos años de cárcel a un hombre por el incumplimiento del deber alimentario

ASUNCIÓN.- La agente fiscal Egidia Gómez, de la Unidad Nº 3, representó al Ministerio Público en un Juicio Oral y sostuvo la acusación con suficientes elementos probatorios, para que un Tribunal dictaminara la culpabilidad de I. C. P., y lo condenó a 2 años de pena privativa de prisión con Suspensión de la Condena, por la comisión de Incumplimiento del Deber Alimentario con su hijo.

La denuncia fue efectuada por la madre en representación de su hijo menor de edad. En el año 2012 la pareja inició una relación y tuvieron un hijo, que hoy tiene 7 años de edad.

En el año 2015, por Sentencia Definitiva del 20 de mayo, el Juzgado resolvió hacer lugar a la prestación alimentaria, y se abrió una cuenta Judicial, en la cual el hoy condenado y padre del niño, no ha depositado suma monetaria alguna.

Con los elementos de prueba se ha demostrado la existencia del hecho punible, entre ellos se encuentra la declaración de la madre, el informe del banco, el acta de nacimiento. Entre las obligaciones está la de seguir cumpliendo con la Sentencia Definitiva en la que figura que deberá depositar la suma mensual de G. 600.000.

El Tribunal de Sentencia de Fernando de la Mora estuvo presidido por el juez Pedro Nasser e integrado por los magistrados Victoria Ortiz y Rilzi Ortiz, como miembros titulares.

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