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Regularizarán 10.000 vehículos públicos

La Dirección Nacional de Transporte (Dinatran) informó que inició el proceso de regularización del registro automotor del sector público, lo que incluye a más de 10.000 vehículos pertenecientes a 227 instituciones del Estado, tanto de entes descentralizados, municipios y gobernaciones, los cuales deben estar inscritos. Igualmente recuerda que está prohibido el uso y tenencia para fines particulares o ajenos a su función. Quienes infrinjan la normativa serán pasibles de multa de 20 a 30 jornales mínimos, aseguró.

ASUNCIÓN.- La base de datos de la Dinatran registra una cantidad superior a las 10.000 unidades pertenecientes a unas 227 instituciones según el antecedente histórico. Estos datos deben ser actualizados por lo que la administración actual inicia el proceso de regularización, informó el director nacional, Juan José Vidal. El procedimiento es totalmente gratuito.

Por mandato de la ley 704/95, cada institución pública es responsable de solicitar por escrito, la inscripción o registro – alta y baja – de sus respectivos vehículos en el Registro del Automotor del Sector Público (R.A.S.P). Las leyes 704/95 y 4.931/2013 prohíben el uso y tenencia de vehículos del sector público para fines particulares o ajenos a su función específica.

Asimismo, textualmente establece en su artículo 9 que los autores, cómplices y encubridores que infrinjan las obligaciones establecidas en la presente Ley, se harán pasibles a una multa de 20 a 30 jornales mínimos establecidos para actividades no especificadas por cada infracción la primera vez; el doble de la multa en caso de reiteración y pérdida de empleo e inhabilitación para la función pública por cinco años, en caso de una tercera infracción.

El objetivo del trabajo es colaborar con la regularización de todo el parque automotor del sector público, evitando los sumarios administrativos por parte de la Contraloría General de la República, entidad encargada de controlar, informó Vidal.

Deben cumplir con esta normativa todas las entidades públicas al adquirir un rodado para uso oficial sea cual fuera su característica, en ese sentido, las municipalidades, gobernaciones, regiones sanitarias u otras instituciones del interior de país pueden solicitar la designación de funcionarios justificando la imposibilidad de movilizar maquinarias pesadas, ambulancias que se encuentren en servicio y otros casos.

La ley 704/95 que crea el Registro de Automotor del Sector Público establece que la Dinatran expedirá a cada vehículo registrado una placa y una tarjeta de identificación, además llevará pintado en una parte visible dentro de un recuadro no menor a 1000 cms2, el nombre de la repartición pública, entidad descentralizada la leyenda; “Uso Oficial Exclusivo”, el número de registro y el número asignado por el RASP/Dinatran.

La Dinatran a través de la Dirección General de Transporte y su Dirección de Habilitaciones y R.A.S.P, insta a todas las instituciones públicas a cumplir con la ley 704/95 y sus modificaciones.

Para regularizar, los responsables de cada institución deben solicitar por nota a la Dirección General de Transporte Terrestre de la Dinatran la inscripción en el Registro Automotor del sector público (R.A.S.P.) de los vehículos de la institución afectada, detallando las características de dichas unidades (tipo de vehículo, año, N° de orden, N° de chassis, N° de motor, N° de patente) adjuntando copia simple de la cédula verde de cada unidad.

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