ASUNCIÓN.- El Ministerio de Hacienda informó que luego de intensas gestiones y diversas reuniones con representantes del sector empresarial, se firmó un Acuerdo con este sector, que permitirá seguir fortaleciendo al Impuesto a la Renta Personal (IRP) como un impuesto directo que contribuya con la equidad tributaria y formalización de la economía nacional.
Asimismo, se informa los principales puntos acordados:
-Los contribuyentes del IRP afectados por los reclamos y rectificativas, en torno a las inversiones de renta por los periodos anteriores a la presente, podrán beneficiarse de la exclusión de responsabilidad contemplada en el artículo 185 de la Ley 125/91, materializada a través de un dictamen de la Abogacía del Tesoro y una Resolución que será emitida por la Administración Tributaria.
-La prórroga hasta el 31 de Julio del presente año para la presentación de las Declaraciones Juradas, correspondientes a la liquidación del IRP del periodo fiscal 2017, por parte de todos los contribuyentes de dicho impuesto. Se aclara igualmente que dichas presentaciones deberán ser realizadas conforme a las normas y reglamentaciones vigentes actualmente, entiéndase Ley, Decreto y Resolución vigente de la Subsecretaria de Administración Tributaria (SET) en materia de liquidación del IRP.
-La prórroga hasta el 31 de Julio de este año para que aquellos contribuyentes que recibieron o no notificaciones de la Administración Tributaria presenten voluntariamente las rectificativas necesarias vinculadas a las inversiones en renta por la compra de acciones realizadas, beneficiándose igualmente de la exclusión de responsabilidad consagrada en la Resolución a ser emitida por la SET.
-El sector empresarial deja una reserva de derecho, en el sentido de que aquellos asociados que no consideren suficiente las exoneraciones previstas y cuestionen la interpretación de la Administración Tributaria, puedan buscar en el ámbito de la Justicia el reconocimiento de sus respectivos criterios interpretativos.