Sesión contra la cual los disidentes y un sector de la oposición presentaron la acción de inconstitucionalidad que fue rechazada por la Corte.
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Procedimiento para enmienda era válido, según la Corte

ASUNCIÓN.- Con casi un año de atraso, la Corte Suprema de Justicia dio la razón al oficialismo colorado y a sus aliados del Frente Guasu y el llanismo liberal, al rechazar in limine (totalmente) la acción de inconstitucionalidad presentada por disidentes y un sector de la oposición en contra del reglamento utilizado para aprobar el proyecto de enmienda constitucional.  

En realidad, hace casi un año que la enmienda fue archivada y la pretensión del oficialismo colorado y sus aliados quedó en nada. Así que mucho no servirá esta decisión de la Corte, salvo para que estos sectores puedan decir que tenían razón y que los equivocados eran los antienmienda.

Disidentes y opositores, en marzo pasado, habían accionado en contra de la modificación del reglamento interno del Senado, que habilitó el tratamiento del proyecto de enmienda y su aprobación por el oficialismo, los representantes del Frente Guasu y el llanismo.

Los ministros de la Corte encontraron muchos errores de forma en la presentación de la acción de inconstitucionalidad, por lo que ni siquiera trataron el fondo de la cuestión y la rechazaron in limine.

No queda muy claro cuál es la consecuencia de que ahora el máximo tribunal se expida sobre un tema que debió tener carácter de urgente en aquel entonces, más que nada por los hechos producidos a causa de la actitud belicosa de senadores que estuvieron dispuestos a lo que fuere con tan de impedir que se pudiera incluir la reelección presidencial en la Constitución Nacional.

De hecho, y luego de la crisis generada por los opositores manejados por Efraín Alegre, la enmienda quedó archivada ante la decisión del presidente Horacio Cartes de no postularse a un segundo mandato en las elecciones de abril próximo. Así que ahora, para lo que serviría esta sentencia es para que quienes apoyaron en todo momento la posibilidad de la enmienda y los procedimientos seguidos para su aprobación tengan la satisfacción de haber sido avalados por la Corte, un año después.

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