ASUNCIÓN. El Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), a través de sus redes sociales, recordó a los responsables de las instituciones educativas privadas y subvencionadas del país la vigencia de la resolución Nro. 34789/2017, sobre la prohibición de negar exámenes, retener documentos o establecer cualquier otra medida que atente contra el derecho a la educación de los menores, en caso de mora en el pago de las cuotas correspondientes.
La cartera de Estado enumera las prohibiciones ante la falta de pago de los servicios educativos prestados:
-Denegar el derecho a exámenes parciales o finales.
-Retener las libretas de calificaciones, de exámenes parciales o finales.
-Hacer público el estado de cuenta de las cuotas y aranceles educativos.
Hacer decaer los plazos de las cuotas y aranceles educativos no vencidos.
-Establecer cualquier otra medida que pudiera afectar al derecho a la permanencia y acceso oportuno a la educación.
📄✍️Recordamos las normativas vigentes respecto a cuotas y aranceles en instituciones educativas de gestión privada y privada sub., a fin de garantizar el derecho a la educación de nuestros niños y adolescentes🇵🇾
👉Para quejas o denuncias al respecto: [email protected] pic.twitter.com/8abGIv4wGN
— MECpy (@MECpy) 16 de noviembre de 2022
El MEC insta a cualquier persona que tome conocimiento que una institución educativa ha incurrido en una o varias de las prohibiciones establecidos en el reglamento a realizar la denuncia del hecho ante la Supervisión, la Dirección Departamental, la Dirección de Protección y Promoción de los Derechos de la Niñez y Adolescencia o la Dirección General de Nivel Educativo.
Igualmente, difundió que las quejas o denuncias al respecto se pueden remitir al correo: [email protected]