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Procurador explica artículos de proyecto de Superintendencia

El procurador Marco Aurelio González explicó el alcance de los artículos cuestionados del proyecto que crea la Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones, remitido por el Ejecutivo y que mañana será tratado por el Senado.

Uno de los artículos es el 5, que algunos sectores afirman que permitirá a la Superintendencia entrar a regular las cajas, y que se refiere a la Atribuciones Normativas, ya que señala que la Superintendencia tendrá atribuciones de regular la Caja de Jubilaciones y Pensiones, considerando parámetros de razonabilidad, dictando normas de carácter general.

Según el procurador, esto significa que “solamente se van a establecer criterios de administración, en el sentido de cuáles son los límites, topes, conflictos de interés y responsabilidades de administradores que hoy no existen y que es lo único que se proyecta con el proyecto de ley”.

Otro temor es que el proyecto dice que la Superintendencia va a poder determinar reglas de gobierno corporativo y creen que con eso van a sustituir las administraciones.  “Eso no es cierto, no implica ni crear ni suprimir ninguna estructura orgánica de las entidades de jubilaciones y pensiones”, dijo González.

“Nadie más que las cajas van a poder determinar el destino de los fondos de inversiones, pues, la Superintendencia no podrá obligar ni indicar de manera alguna en qué instrumentos invertir los fondos, sino, solamente, señalar cuáles son los límites por cada tipo de instrumento financiero para que una caja no tenga todos sus activos en un solo instrumento y se puedan diversificar los riesgos”, añadió.

Manifestó que “si querés invertir en esto, tenés hasta el 10 o 15 % de tus activos para invertir en esto que te interesa, si querés hacerlo en otro, podés hacerlo, pero hasta tanto por ciento para que todos los riesgos no estén asumidos en un solo tipo de instrumento financiero”.

En cuanto al régimen de inversiones, González afirmó que hoy día, IPS ya tiene por su reglamento interno la autorización de comprar bonos del tesoro, pero solo a través de los bancos, es decir, no en iguales condiciones que si lo pudiera comprar directamente. Actualmente, teniendo esa autorización, no tiene comprado ningún bono del tesoro. “Eso hay que aclarar porque dicen, pretenden abrir la canilla para cobrar”.

El artículo 43, de las Derogaciones, donde, actualmente se establece que, los recursos financieros del IPS no podrán sufrir ningún tipo de restricción respecto a su administración, inversión o colocación en el sistema financiero y bancario. Este párrafo queda derogado, pero se mantiene el tercero, que dice: el Instituto no concederá préstamo al Estado ni a los entes descentralizados ni a las municipalidades.

“La prohibición de prestar al Estado seguirá vigente y no será derogado con este proyecto”, indicó.

Artículo 12: Inmuebles. Los inmuebles que formen parte del patrimonio de una EJP podrán ser enajenados mediante mecanismos de subasta pública, que serán reglamentados por la Superintendencia.

“Este artículo pone reglas claras para dar liquidez a esos activos, para que no permita una mala gestión.

Artículo 31, sobre la protección legal en la adecuación e intervención, que actualmente señala que: ni los funcionarios de la Superintendencia ni los interventores podrán ser sometidos a juicio por las acciones realizadas en el ejercicio de sus funciones legales. Estas acciones podrán ser objeto de revisión judicial con posterioridad a la culminación de dichas funciones, por la eventual omisión o desviación en el cumplimiento de las mismas.

“Solamente 12 meses puede durar una intervención y la intervención sustituye a la administración y la norma es similar a la intervención que se da en bancos para darle una protección al que va a intervenir, porque durante la intervención tiene que adoptar actos de administración, imagínate que te recurran la decisión de intervención y te solicita una medida cautelar, ¿cómo durante esos 12 meses vas a adoptar alguna decisión? Por eso se precautela esa gestión durante ese periodo, pero después de esos 12 meses va a tener que rendir cuentas y ser responsable, entonces, no existe posibilidad de prescripción para esos funcionarios”, concluyó.

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